Un militar gana amparo por libertad de expresión
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El ilícito está previsto en el artículo 407 fracción IV del Código de Justicia Militar
Por dar su opinión sobre el aumento salarial, el capitán Manuel Álvarez Rodríguez, es acusado en el 2008 de un delito contra el honor militar
CIUDAD DE MÉXICO (03/MAY/2010) .- El capitán Manuel Álvarez Rodríguez, con 27 años de servicio en el Ejército nunca pensó que por dar su opinión sobre la forma en que se aplicaba el aumento salarial, otorgado en 2007 a los integrantes de las Fuerzas Armadas, sería acusado de un delito contra el honor militar.
Procesado en 2008 por “verter especies que puedan causar tibieza o desagrado en el servicio”, Álvarez acaba de ganar un amparo que sienta un precedente importante en materia de libertad de expresión al interior del Ejército, pues declara inconstitucional esa modalidad de delito que le atribuyó la Procuraduría de Justicia Militar.
El ilícito está previsto en el artículo 407 fracción IV del Código de Justicia Militar y, según la acusación, incurrió en él por comentar a sus compañeros en pláticas informales que el aumento salarial debía otorgarse sin discriminación de ningún tipo, como dice la Constitución.
“Yo me sé una parte del artículo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que prohíbe la práctica de la discriminación, y se las recité cuando me preguntaron mi opinión sobre el aumento. De ahí mis superiores dijeron que yo recomendé a tenientes zapadores ampararse”, explica en entrevista.
El Ministerio Público Militar encuadró esa conducta como un delito previsto en la fracción IV del artículo 407 citado, con ayuda de un diccionario, relata el capitán:
“El Ministerio Público tomó un diccionario y, con él, transformó la expresión de verter especies, en ‘expresar ideas’ y así me acusaron”.
El 26 de junio de 2009, el Juez Segundo Militar le dictó al capitán auto de formal prisión por delito contra el honor militar que se castiga con cuatro meses de prisión.
Asesorado por la Clínica de Interés Público del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE) Álvarez Rodríguez promovió un amparo argumentando que esa disposición del Código Civil atenta contra su derecho a la libertad de expresión.
Hace unos días la jueza Quinto de Amparo en materia penal del distrito Federal, Patricia Marcela Díez Cerda le otorgó el amparo, en el que estableció que la redacción del tipo penal contiene “vocablos ambiguos e indeterminados que impiden al destinatario de la norma conocer con claridad y precisión la conducta concreta que se sanciona en la misma”.
Esa situación, “en consecuencia, genera inseguridad jurídica tanto en el peticionario de amparo, como en la generalidad de los militares”, asegura en su resolución, que hace un detallado análisis gramatical de los términos “verter” y “especies”, y sostiene que la redacción de los tipos penales debe ser precisa y sin ambigüedades.
La resolución que declara inconstitucional el tipo penal de “verter especies”, sólo protege por ahora y en el futuro al capitán Álvarez, pero cualquier otro integrante del Ejército puede impugnarla si considera, que atenta contra su libertad de expresión.
A detalle
La historia
A) En 2008 el capitán Manuel Álvarez Rodríguez fue procesado por “verter especies que puedan causar tibieza o desagrado en el servicio”.
B) El ilícito está previsto en el artículo 407 fracción IV del Código de Justicia Militar y el capitán incurrió en él por comentar a sus compañeros en pláticas informales que el aumento salarial debía otorgarse sin discriminación de ningún tipo como lo dicta la Constitución Política.
C) El Ministerio Público Militar encuadró esa conducta como un delito con ayuda de un diccionario “transformó la expresión de verter especies, en ‘expresar ideas’” y así lo acusaron.
D) El 26 de junio de 2009, el Juez Segundo Militar le dictó al capitán auto de formal prisión por delito contra el honor militar con cuatro meses de prisión.
E) Hace unos días, una juez le otorgó al militar un amparo en el que estableció que la redacción del tipo penal contiene vocablos ambiguos.
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