martes, 10 de enero de 2012

COAMIR MES DE AGOSTO 2011

Ley de Seguridad Nacional

Gral. Brig. Ret. Pedro Sánchez Hernández
Agosto de 2011

En un anterior trabajo, señalé lo que lo que a semejanza de lo ocurrido en España durante la guerra civil, ha venido ocurriendo en México con el surgimiento de una Quinta Columna. ( Se refiere a un grupo minoritario que dentro de una comunidad que enfrenta un conflicto bélico, simpatiza y colabora con el enemigo por motivos que pueden ser económicos, políticos, religiosos, étnicos, sociales, etc. pero en todo caso, ese grupo de personas, por su disponibilidad para apoyar al enemigo común, se considera un grupo desleal y peligroso) Señalé también que la causa del nacimiento de esa Quinta Columna fue la ociosa práctica de los partidos políticos de criticar toda iniciativa gubernamental, ya que sus constantes quejas y protestas hacia la lucha iniciada contra la delincuencia organizada hizo eco en algunos sectores de la población. La delincuencia organizada, no tardó en percatarse de ello y atinadamente para sus fines, tomó el control de ese descontento incipiente, manipulándolo hasta constituir un enorme bloque opositor que contiene todo tipo de personas como son: políticos, líderes religiosos, intelectuales, periodistas, etcétera.

La lucha contra el narcotráfico, sazonada con el permanente golpeteo de la “Mexicana Quinta Columna”, llevó a las Fuerzas Armadas a requerir de un punto de apoyo para continuar sus operaciones bajo un marco legal que les evite seguir siendo objetivo de los ataques de la oprobiosa columna. Pero no sólo necesita cubrirse de tales ataques; también requiere una serie de medidas que le permitan en la práctica, actuar de manera expedita en beneficio de las operaciones. Ese punto de apoyo se busca en la Ley de Seguridad Nacional empantanada en su aprobación.

Libertad de pensamiento

Por algo natural, el hombre siempre ha luchado por la libertad de pensamiento; tan natural como el hecho de que “cada cabeza es un mundo”. La tendencia es pensar que todos tenemos la razón y eso nos provoca serios obstáculos para lograr consensos que nos permitan vivir en una sociedad que logre la necesaria armonía para el progreso. Es un hecho que las culturas que se conducen en armonía bajo un liderazgo auténtico, logran el progreso. Seguramente en un país de los llamados de primer mundo, sus habitantes también tienen sus diferencias en todo asunto; ellos están incluidos en eso de que cada cabeza es un mundo; seguramente cada habitante de esos países, también piensa que le asiste la razón, sin embargo han aprendido a ceder o a conciliar intereses buscando un bien común.
Esa tendencia nos tiene por ahora enfrascados en el tema de la Ley de Seguridad Nacional, ley que era innecesaria hasta antes de las acciones emprendidas afanosamente por la “Mexicana Quinta Columna”; y digo innecesaria porque la actual legislación Militar, previene y sanciona a las fuerzas armadas por violentar los derechos humanos: el Código de Justicia Militar dedica un capítulo a los delitos de pillaje, devastación, merodeo, apropiación de botín, contrabando, saqueo, y violencias contra las personas. Por su parte, los Fueros Común y Federal a los que también están sujetos los militares, también previenen y sancionan el robo, las lesiones, el allanamiento de morada, la privación ilegal de la libertad, etcétera. La propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el Capítulo I a las Garantías Individuales; en éste tenor, entonces, ¿Cómo funcionaba antes el sistema y ahora es apremiante una nueva ley?

Respuesta


Funcionaba al igual que ahora funcionan muchas cosas en nuestro Estado de Derecho:

Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Toda persona tiene derecho a trabajo digno y socialmente útil...
Sabemos bien que es sólo letra muerta.

Los salarios mínimos generales, deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos.
Éste enunciado salta de lo imposible a lo absurdo; inútil ofrecer ejemplos, cualquier persona los vive al por mayor.

Artículo 3/o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado -Federación, Estados y Municipios- impartirá educación preescolar, primaria y secundaria. La educación primaria y secundaria son obligatorias.
Es un derecho no cumplido; sin necesidad de internarnos a las áreas rurales, podemos ver en las grandes ciudades a cientos o miles de niños que de alguna manera sobreviven; y en ese empeño, es un lujo para ellos el ir a la escuela.
Por lo que respecta a la educación obligatoria ¿Cuántos padres han sido enjuiciados por no cumplir ésta disposición?

Garantizada por el Artículo 24 la libertad de creencias, dicha educación será laica y, por tanto, se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa.
No es un secreto que la Iglesia Católica usufructúa gran parte de los centros educativos de paga o particulares, y desde luego que se lleva bastante agua a su molino contraviniendo la tan cacareada educación laica.

Separación de Iglesia y del Estado
El mejor ejemplo de una ley que desde mediados del siglo XIX ha dividido opiniones; una ley que por más modificaciones que ha sufrido en beneficio de la Iglesia Católica, sigue siendo violada.
Tal vez, el autor de la receta aplicada en México para convivir con una ley que divide fuertemente las opiniones, fue el general Porfirio Díaz quien de alguna manera acordó con la Iglesia Católica disimular las violaciones de la primera hasta cierto punto, a cambio de lograr supuestamente la paz social.
En su momento Plutarco Elías Calles pretendió hacer cumplir en forma cabal la separación de la Iglesia y el Estado, llevando a las partes en conflicto a una guerra de tres años.
Tal vez lo ocurrido al general Plutarco Elías Calles, fue la pauta para que los diferentes gobernantes siguieran el ejemplo Porfirista y lograron así conciliar aquellas disposiciones legales que por controvertidas causa resquemor su aplicación.
Las Fuerzas Armadas.
En el contexto de la situación antes planteada, se encuentran las leyes actuales que sostienen la aplicación legal de las Fuerzas Armadas en la lucha contra el narcotráfico. Es decir, están previstos y penados los excesos en que pueda incurrir una fuerza policiaca o militar.
Sin embargo, realizar una operación de rescate de secuestrados en el momento de recibirse la denuncia, sin esperar a reunir los difíciles trámites para obtener días después la orden de cateo, funcionaba dado la importancia del asunto, pero las constantes denuncias de violación de derechos humanos, rompió ese discreto disimulo que sobre el particular existía por la parte legal. Hacerlo siguiendo todo el protocolo legal, produce la fuga de información y la alerta a los delincuentes; los grandes perdedores y afectados son los familiares y la víctima del secuestro. ¿Qué es más valioso? ¿cumplir la regla, o salvar a las víctimas? ¿Buena pregunta verdad?
Ese discreto disimulo aún funciona en los ejemplos dados sobre la educación, el salario mínimo y la separación Iglesia Estado y en otras cosas más; pero ya no funciona con la actuación de las Fuerzas Armadas en su lucha contra la delincuencia organizada
Es posible que los excesos hayan existido antes y durante la lucha contra el narcotráfico, pero en su casi totalidad funcionaba por que contaba con la aprobación de la opinión pública sobre el método utilizado.
En el caso de la violación a la ley en materia educacional, laboral e Iglesia Estado, se entiende que la justificación “moral” si es que la hay, es que como antes se dijo, causan profundas divisiones que amenazan la paz social.
En el caso de los supuestos excesos de las Fuerzas Armadas, la justificación “moral” si es que la hay, es dar prioridad al aspecto operativo sobre el administrativo en beneficio de resultados positivos en la lucha contra la delincuencia. No se puede dejar en “stand by” a un sicario, en lo que se procede a buscar sus antecedentes en el Registro de Población, o para pedir una orden de aprehensión etcétera.
En una analogía con los otros casos antes citados, (Educación, laboral, Iglesia Estado) esto funcionó por un tiempo pero... la lucha contra la delincuencia organizada ha dividido las opiniones antes bien equilibradas. Claro que la “mexicana Quinta Columna” tiene bastantes méritos para llegar a este estado de cosas.
Es tan poderosa la influencia de dicha columna, que ocurren cosas inesperadas como el caso Sicilia, quien víctima de la delincuencia, lucha ahora más por obstaculizar la actuación de las Fuerzas Armadas, que por apoyarlas para que puedan tomar ventaja en su lucha.
Es tan desconcertante la actitud del poeta, que aunque muchos lo apoyan y valoran como un luchador social, otros más, lo comparan con un López Obrador en campaña; pero otros lo ubican en el punto de que de seguir como va, dejará de parecer López Obrador, para tomar el papel de “Juanito”. (También ha dividido opiniones).


Conclusiones

La actuación de las Fuerzas Armadas en la lucha contra la delincuencia organizada, ha sido constante. A pesar de obtener a diario resultados que dañan en lo económico, en lo moral, y en lo físico al adversario, la opinión pública les reclama.
Parte de esos reclamos son legítimos; pero el resto de ellos han nacido en el seno de la delincuencia organizada.
La “mexicana Quinta Columna” ha contribuido de manera significativa para dañar la imagen de las Fuerzas Armadas y para preservar un sitio discreto a la delincuencia.
Entre los reclamantes (Legítimos, mal intencionados, e inducidos) lograron crear una fuerte división de opiniones respecto a la actuación de las Fuerzas Armadas en la lucha contra la delincuencia.
Lo anterior hizo que las leyes actuales quedaran en un dudoso soporte para la actuación legal de las de las Fuerzas Armadas en ésta lucha.
Mientras las Fuerzas Armadas sigan empleándose en la lucha contra la delincuencia, sí les es necesaria la aprobación la Ley de Seguridad Nacional.
Las opiniones divididas aplazan una decisión sobre la aprobación o rechazo a la citada Ley.
La parte opositora argumenta que la ley daría facultades excesivas a las Fuerzas Armadas; la parte a favor, argumenta la necesidad de darle un marco legal a las Fuerzas Armadas y herramientas para someter a la delincuencia.
Ambos dicen estar a favor de un bien común que es México.
El bien común que es recobrar la seguridad de la ciudadanía exige hacer algo para someter a la delincuencia.
El peso en esta lucha lo cargan principalmente las Fuerzas Armadas; apoyarlas redunda en contra de la delincuencia. Atacarlas, fortalece al adversario.
En éste momento las Fuerzas Armadas requieren del marco legal que las ponga fuera del alcance de la “Mexicana Quinta Columna”, y necesita herramientas para seguir su lucha.
Mexicano, si de manera inadvertida te han reclutado para la Quinta Columna; piénsalo, puedes salirte de ella.
Existen leyes como antes se dijo, cuya aplicación se posterga a conveniencia de todos.
Postergar la aplicación de las leyes que ahora regulan el empleo de las Fuerzas Armadas, ya no es posible porque ya no es a conveniencia de todos.
Por tanto, apruébese una nueva ley que vuelva a ser a conveniencia de las mayorías.

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