jueves, 22 de marzo de 2012

Asi es como el dia de hoy los Senadores que son los que tienen la obligacion de mantener a los militares retirados los traicionan


Compañeros senadores, informo a ustedes que a petición de las Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca y de Estudios Legislativos, Segunda, la discusión del proyecto de decreto por el que se reforma la Ley Federal de Protección al Consumidor se difiere para la Sesión del próximo martes 27 de marzo.
Tenemos ahora la segunda lectura a un dictamen de las Comisiones Unidas de Seguridad Social y de Estudios Legislativos, Segunda, con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 18 y 138 Bis a la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicana sobre el otorgamiento de becas para los hijos de los militares en activo.
Debido a que el dictamen se encuentra publicado en la Gaceta, consulte la secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se omite su lectura.
-EL C. SECRETARIO RIVERA PEREZ: Consulto a la Asamblea, en votación económica, si se omite la lectura del dictamen.
-Quienes estén porque se omita, favor de levantar la mano.
(La Asamblea asiente.)
-Quienes estén porque no se omita, favor de levantar la mano.
(La Asamblea no asiente.)
Sí se omite la lectura, señor presidente.
-EL C. PRESIDENTE GONZALEZ MORFIN: Muchas gracias.
Para presentar el dictamen por parte de las comisiones, la senadora Minerva Hernández me lo había solicitado, pero también el senador Sebastián Calderón Centeno. Tiene la palabra el senador Sebastián Calderón Centeno.
-EL C. SENADOR SEBASTIAN CALDERON CENTENO: Con su permiso, señor presidente.
Para asegurar la tranquilidad dentro de su territorio mediante acciones tendentes a proteger al país frente a las amenazas y riesgos, así como a preservar la soberanía e independencia nacionales y mantener el orden constitucional, son tareas fundamentales dedicadas al mantenimiento del Estado mexicano, las realiza el personal del Ejército, Fuerza Aérea Mexicana y Armada de México.
Bajo los principios de honestidad y lealtad, poniendo a disposición de nuestro país su profesionalismo y vocación de servicio, basta señalar el reconocimiento de la sociedad respecto a la ejecución oportuna y efectiva del Plan DN-3 del Ejército y Fuerza Aérea Mexicana o el Plan Marina de la Armada de México para responder durante los momentos críticos ocurrido por la presencia de los fenómenos meteorológicos que afectan a la población, concentrando sus esfuerzos para prestar auxilio inmediato y atenuar los daños causados por dichos fenómenos y salvaguardar la integridad física de los pobladores.
En el dictamen que se somete a su consideración se propone incorporar a la Ley del Instituto Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas el otorgamiento de becas a favor de los hijos de los militares consistentes en: beca de manutención, beca de colegiatura y beca especial.
Coincidimos con los razonamientos que se exponen en el sentido de que el incremento de las prestaciones social a favor del personal militar es un factor que evita la deserción o la separación del servicio activo, y uno de esos beneficios se encuentran en el otorgamiento de las becas a los hijos de los militares.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estado debe garantizar la educación de los mexicanos, garantizar el derecho a la educación, implica que el Estado mexicano, la responsabilidad de asegurar el acceso universal al Sistema Educativo Nacional, así como la progresión y la conclusión de los distintos niveles educativos a lo largo de las etapas del ser humano.
Las políticas educativas se conciben como un instrumento fundamental para la construcción de una sociedad más integrada y equitativa, de tal manera que el acceso a la educación de los hijos de los militares, mediante el otorgamiento de becas establecidas en la ley, supone un compromiso que debe expresarse en la utilización de los recursos destinados a la educación, pues las becas cumplen una función importante, lo cual no sólo contribuye a la realización de quienes aspirar a adquirir educación como derecho fundamental, sino también de su familia.
En tal virtud, nos parece acertado que se incorpore a la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas el beneficio de otorgamiento de becas a los hijos de los militares en el servicio activo con la finalidad de que se garantice su educación en una disposición legal.
Por lo anterior, los exhorto, compañeras y compañeros, senadoras y senadores, a votar de manera favorable al dictamen que contiene el proyecto de decreto por el que se adicionen las fracciones XXV, XXVI y XXVII al artículo 18, así como un artículo 138 Bis, ambos de la Ley del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, con el objeto de que se incluya en dichas disposiciones las prestaciones consistentes en: Beca de manutención, beca colegiatura y beca especial, cuyos conceptos son definidos en el artículo 138 de la ley en mención.
Muchas gracias. (Aplausos)
-EL C. PRESIDENTE GONZALEZ MORFIN: Gracias, senador Calderón Centeno. No habiendo otra intervención solicitada.
-EL C. SENADOR TOMAS TORRES MERCADO: (Desde su escaño) Señor presidente.
-EL C. PRESIDENTE GONZALEZ MORFIN: Perdón. Tiene la palabra el senador Tomás Torres Mercado para referirse al dictamen que nos ocupa. Adelante, senador.
-EL C. SENADOR TOMAS TORRES MERCADO: Gracias, presidente.
En el grupo parlamentario del Verde celebramos la aprobación de reformas, particularmente al artículo 18 de la Ley de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, Ejército, Armada y Fuerza Aérea. Consideramos que esto constituye un reconocimiento al esfuerzo, insisto, de nuestras propias fuerzas armadas; sin embargo, estimados senadores, senadoras, veo necesario hacer alguna reflexión con relación al contenido del dictamen. Evidentemente, estimado senador, el grupo parlamentario del Verde estará votando a favor.
Sin embargo, miren ustedes…
(SIGUE 7ª PARTE)  …estimado Senador del Grupo Parlamentario del Verde, estará votando a favor.
        Sin embargo, miren ustedes. Los ramos de aseguramiento, tanto de las fuerzas armadas como de la seguridad social, léase de la burocracia nacional o de los asegurados del Instituto Mexicano del Seguro Social, deben tener, cuando la prestación está contemplada a la ley, una fuente de financiamiento cierta y permanente.
        En el caso, me parece, y además es un imperativo, de que en cumplimiento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Haciendaria, habría que hacer el ejercicio del cálculo actuarial de cuánto, financieramente, esto implica para que se mida, pues, un pacto presupuestario, pero eso puede resolverse.
        Lo que no puede garantizarse desde la Ley de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, es que tenga permanencia, por virtud, ustedes lo saben con claridad, de que los decretos de presupuesto para el gasto nacional son de vigencia anual.
        Es decir, el que la ley en esta materia diga: “Que además de otras prestaciones, contemple becas de manutención, escolar y beca especial, estará siempre sometida a la disposición presupuestal para que pueda tener carácter de permanencia.
        Yo no sé cuáles sean los criterios de Hacienda, ya en la operación, pero seguramente puede cuestionar: si el presupuesto no está etiquetado, no será posible la garantía de la beca.
        En el Grupo Parlamentario del Verde, vamos a votar a favor, y en todo caso, haríamos un llamado para que desde el espacio político en el que nos encontremos, virtud a la culminación, prácticamente, de este período y de la legislatura, para hacer una adecuación para darle un carácter de derecho adquirido de los hijos de los integrantes de las fuerzas armadas, insisto, por la anualidad de los decretos de presupuesto y que reconozca permanencia en la ley.
        Así que en ese sentido será nuestro voto, pero veríamos necesario, cuando menos, desde el punto de vista técnico-financiero, hacer esta reflexión.
        Muchas gracias. (Aplausos).
        -EL C. PRESIDENTE GONZALEZ MORFIN: Muchas gracias, Senador Torres Mercado.
        -No habiendo otra intervención solicitada, ábrase el sistema electrónico de votación para recoger la votación nominal en lo general y en lo particular del proyecto de decreto.
        -Háganse los avisos a que se refiere el artículo 58 del Reglamento para informar de la votación.
(Se abre el sistema electrónico de votación)
(Se recoge la votación)
        -Compañeras y compañeros Senadores, quiero informarles que nos acompaña en esta sesión, un grupo de estudiantes de la carrera de Ingeniería en Administración del Instituto Tecnológico Superior de Uruapan, Michoacán, invitados por el Senador Silvano Aureoles.
        -Sean ustedes bienvenidos al Senado de la República. (Aplausos).
        -EL C. SECRETARIO ZOREDA NOVELO: Señor Presidente, se emitieron 75 votos por el sí; 0 votos por el no, y 0 abstenciones.
        -EL C. PRESIDENTE GONZALEZ MORFIN: Muchas gracias.
        -En consecuencia, está aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se adicionan las fracciones vigésima quinta, vigésima sexta y vigésima séptima al artículo 18; y un artículo 138 bis a la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, se devuelve con modificaciones a la Cámara de Diputados para los efectos de lo dispuesto por la fracción e) del artículo 72 Constitucional

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